viernes, 5 de octubre de 2012

La Constitución de 1978: adecuada y potencialmente transformadora

La Constitución de 1978, además de poco original y excesivamente larga, así como imprecisa y superrígida, resultó una Constitución adecuada y potencialmente transformadora. 

El Rey, la Constitucion de 1978 y el Derecho Constitucional

- La Constitución de 1978, una Constitución adecuada


A diferencia de las otras Constituciones españolas anteriores, la de 1978 posee sin duda alguna un valor positivo al ser una Constitución aparentemente adecuada a la sociedad que trata de regir. Lo que queremos señalar es que su contenido se corresponde, de alguna manera, con la realidad del país y con la correlación de fuerzas existentes. Es más: trata de encontrar una solución a problemas tradicionales que se hallaban enquistados en la sociedad española, tales como los ya mencionados puntos polémicos de la forma de gobierno, la titularidad de la soberanía, la cuestión religiosa, la inestabilidad gubernamental, el regionalismo, etc., temas que han marcado toda la historia reciente de España.

- La Constitución de 1978, una Constitución potencialmente transformadora


Como hemos dicho con anterioridad, la Constitución permite sin duda alguna la alternancia en el poder de fuerzas contrapuestas. De ahí que contenga la posibilidad de que mediante su aplicación se pueda conseguir, cuando haya una verdadera voluntad política para intentarlo, la transformación de la sociedad española mediante fórmulas de ideología radicalmente progresistas. Cabe incluso sostener que el enunciado de muchos de sus artículos poseen un carácter, en cierto modo, avanzado. Que llegue o no a servir para tal cometido es algo a lo que únicamente podrá responder el tiempo. Pero, en cualquier caso, la manera de conseguirlo no pasa solamente por la acción de un gobierno progresista que llegue pronto al poder, sino también por la presión de la opinión pública para que se hagan realidad esas potencialidades de la Constitución y, en todo caso, por la acción del Tribunal Constitucional, a través de una interpretación jurisprudencial avanzada.

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Imagen: Las Provincias

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Fuente:
El Régimen Constitucional Español, Jorge de Esteban y Luis López Guerra.