jueves, 26 de septiembre de 2013

Finalidades y objeto de la educación

La Constitución española, las leyes orgánicas reguladoras del Derecho educativo (LODE) y del sistema educativo (LOGSE), así como varios textos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos o el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, hacen referencia al objeto y finalidades de la educación.

Derecho a la educacion

Hay que destacar que estas finalidades que vamos a ver se integran en el contenido del derecho a la educación, ya que este es el derecho a recibir una formación orientada constitucionalmente a dichos fines.

- Constitución


Primeramente destaca por encima de todos el apartado 2 del artículo 27 de nuestra Constitución, que señala que "la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales".

- Declaración Universal de los Derechos Humanos


La Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 26.2, destaca que "la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz".

- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales


El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su artículo 13.1, dice que "la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. Convienen asimismo en que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las actividades de las Naciones Unidas en pro del mantenimiento de la paz".

- LODE


La LODE (de forma muy parecida a la LOGSE en su artículo 1.1), en su artículo 2, dice que "la actividad educativa, orientada por los principios y declaraciones de la Constitución, tendrá, en los centros docentes a que se refiere la presente Ley, los siguientes fines: El pleno desarrollo de la personalidad del alumno; la formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia; la adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, así como de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y estéticos; la capacitación para el ejercicio de actividades profesionales; la formación en el respeto de la pluralidad lingüística y cultural de España; la preparación para participar activamente en la vida social y cultural; la formación para la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos.".

----------

Por Javier García de Tiedra González, Graduado en Derecho por la Universidad de Cádiz.

----------

Fuente:
F. Javier Díaz Revorio, "Los Derechos Fundamentales del Ámbito Educativo en el Ordenamiento Estatal y Autonómico de Castilla-La Mancha", págs. 63 - 64.