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miércoles, 27 de abril de 2016

Derogación en caso de estado de excepción | Convenio Europeo de Derechos Humanos (XIII)

El artículo 15 (1) -derogación en caso de estado de excepción- del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH, en adelante) proporciona a los gobiernos de los Estados miembros, en circunstancias excepcionales, la posibilidad de tomar medidas que deroguen las obligaciones previstas en el Convenio.

Tribunal Europeo de Derechos Humanos y Derecho Constitucional

- Requisitos para la utilización del artículo 15 del CEDH


El uso de esta disposición se rige por las siguientes condiciones sustantivas y procesales (2):

+ Sólo en caso de guerra o peligro público


El derecho de derogación sólo puede ser invocado en caso de guerra o de otro peligro público que amenace la vida de la nación.

jueves, 23 de enero de 2014

El estado de excepción

La Constitución Española ya recoge de forma explícita la posibilidad de declarar el estado de excepción por parte del Congreso a solicitud del gobierno. Esta regulación, ha sido objeto de desarrollo posterior mediante ley orgánica.

El estado de excepcion se recoge en la Constitucion

En este artículo, pormenorizamos los supuestos que autorizan al gobierno a la solicitud de dicho estado y las consecuencias del mismo.