domingo, 5 de junio de 2016

Datos, cifras (1959-2015) y reformas del TEDH | El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (VI)

En este artículo vamos a analizar los datos y las cifras del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) a lo largo de su historia, para comprobar la evolución de las controversias, entre otras cuestiones. Además, analizaremos con brevedad las reformas más importantes llevadas a cabo en el TEDH.

Tribunal Europeo de Derechos Humanos y Derecho

- Estadísticas de los años 1959-2015 sobre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos


+ Sentencias respecto a cada Estado


Desde su creación en 1959, el TEDH ha emitido alrededor de 18.500 sentencias. Casi la mitad de las mismas conciernen a cinco Estados miembros del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH): Turquía (3.182 sentencias), Italia (2.336 sentencias), la Federación de Rusia (1.720 sentencias), Rumanía (1.197 sentencias) y Polonia (1.099 sentencias).

Concretamente, del alrededor de las 18.500 sentencias que ha emitido el Tribunal, el 17,13% se refieren a Turquía; el 12,57% a Italia; el 9,26% a la Federación de Rusia; el 6,44% a Rumanía; el 5,91% a Polonia; el 5,67% a Ucrania; el 5,18% a Francia; el 4,74% a Grecia; el 3,10% a Bulgaria; el 2,83% a Reino Unido; y el 27,17% al resto de Estados miembros del CEDH.

Del total de sentencias que ha dictado el TEDH, el Tribunal ha condenado por violación del CEDH a los Estados demandados en el 84% de casos.

+ Número de demandas ante el TEDH


Si bien el número de sentencias dictadas por el TEDH es de alrededor de 18.500, el Tribunal ha tenido que analizar -a lo largo de su historia- unas 674.000 demandas.

+ Demandas ante el TEDH (1959-2015)


. Entre 1929 y 2015, el TEDH (1):

* Ha asignado 741.014 asuntos a una formación judicial.

* Ha inadmitido 645.481 demandas.

* Ha dictado sentencia en 28.674 asuntos.

* Ha resuelto 674.155 demandas.

. Centrándonos en el año 2015, el TEDH:

* Ha asignado 40.629 asuntos a una formación judicial.

* Ha inadmitido 43.135 demandas.

* Ha dictado sentencia en 2.441 asuntos.

* Ha resuelto 45.576 demandas.

+ Objeto de las sentencias condenatorias del TEDH


Más del 41% de las sentencias condenatorias dictadas por el TEDH se han referido al artículo 6 del CEDH -derecho a un proceso equitativo-, ya sea por falta de equidad (17,63%) o por la duración del procedimiento (22,13%).

El segundo precepto que ha apreciado vulnerado el Tribunal con más frecuencia, es el que se recoge en el artículo 5 del Convenio -derecho a la libertad y a la seguridad- (12,43%).

Por último, el 14,72% de sentencias condenatorias versaban sobre una violación esencial del CEDH, al involucrar el derecho a la vida o la prohibición de la tortura y los tratos inhumanos o degradantes (artículos 2 y 3, respectivamente, del Convenio).

Siendo precisos, el 41,31% de las sentencias condenatorias se refieren al derecho a un proceso equitativo (artículo 6 del CEDH); el 12,43% al derecho a la libertad y a la seguridad (artículo 5 del Convenio); el 12,18% a la protección de la propiedad (artículo 1 del Protocolo nº 1 al CEDH); el 10,20% a la prohibición de la tortura y los tratos inhumanos o degradantes (artículo 3 del Convenio); el 8,33% al derecho a un recurso efectivo (artículo 13 del CEDH); el 4,67% al derecho al respeto por la vida privada y familiar (artículo 8 del Convenio); el 4,52% al derecho a la vida (artículo 2 del CEDH); y el 6,36% al resto de derechos y libertades que consagra el Convenio.

+ Comparación del objeto de las sentencias condenatorias del TEDH en el periodo 1959-2015 y el año 2015


La violación más frecuentemente apreciada por el TEDH es la del derecho a un proceso equitativo (artículo 6 del CEDH), especialmente respecto a la excesiva dilación del procedimiento. En 2015, un cuarto de las violaciones declaradas por el Tribunal versaban sobre esta disposición.

No obstante, desde hace varios años otras violaciones del CEDH han sido apreciadas cada vez con más frecuencia. Un ejemplo es la prohibición de la tortura y los tratos inhumanos o degradantes (artículo 3 del Convenio): en 2015, esta disposición significó casi un cuarto de las violaciones declaradas.

. Derecho a un proceso equitativo

* 1959-2015: el 41,31% de las sentencias condenatorias se referían a este derecho.

* 2015: el 24,14% de las violaciones fueron declaradas respecto a este derecho.

. Derecho a la libertad y a la seguridad

* 1959-2015: el 12,43% de las sentencias condenatorias se referían a este derecho.

* 2015: el 15,69% de las violaciones fueron declaradas respecto a este derecho.

. Protección de la propiedad

* 1959-2015: el 12,18% de las sentencias condenatorias se referían a este derecho.

* 2015: el 8,10% de las violaciones fueron declaradas respecto a este derecho.

. Prohibición de la tortura y los tratos inhumanos o degradantes

* 1959-2015: el 10,20% de las sentencias condenatorias se referían a este derecho.

* 2015: el 23,02% de las violaciones fueron declaradas respecto a este derecho.

. Derecho a un recurso efectivo

* 1959-2015: el 8,33% de las sentencias condenatorias se referían a este derecho.

* 2015: el 9,48% de las violaciones fueron declaradas respecto a este derecho.

. Derecho al respeto por la vida privada y familiar

* 1959-2015: el 4,67% de las sentencias condenatorias se referían a este derecho.

* 2015: el 5,26% de las violaciones fueron declaradas respecto a este derecho.

. Derecho a la vida

* 1959-2015: el 4,52% de las sentencias condenatorias se referían a este derecho.

* 2015: el 6,98% de las violaciones fueron declaradas respecto a este derecho.

. Otros derechos y libertades

* 1959-2015: el 6,36% de las sentencias condenatorias se referían al resto de derechos que consagra el CEDH.

* 2015: el 7,33% de las violaciones fueron declaradas respecto al resto de derechos que consagra el Convenio.

TEDH y Derecho Constitucional

- Reformas del Tribunal Europeo de Derechos Humanos


Desde que se constituyó el TEDH, los Estados miembros del Consejo de Europa han adoptado toda una serie de protocolos al CEDH con la finalidad de mejorar y reforzar su mecanismo supervisor. En 1998, el Protocolo nº 11 reemplazó la original estructura dual de Comisión-Tribunal por un único Tribunal que funciona a tiempo completo.

Una segunda reforma significativa abordó el considerable incremento del número de demandas y la acumulación de asuntos que padecía el TEDH. Se llevó a cabo a través del Protocolo nº 14 al Convenio. Este texto introdujo nuevas formaciones judiciales para los casos más sencillos y estableció un nuevo criterio de admisibilidad (la existencia de un “perjuicio importante” para poder demandar); además de extender el mandato de los jueces a 9 años (no renovable).

En los últimos años, se han convocado varias conferencias sobre el futuro del TEDH que, entre otras cosas, han llevado a la adopción de los Protocolos nº 15 y nº 16, que no están en vigor aún.

El Protocolo nº 15, adoptado en 2013, añade referencias al principio de subsidiariedad y a la doctrina del margen de apreciación en el preámbulo del Convenio. Además, reduce de 6 a 4 meses el plazo dentro del cual una demanda debe ser interpuesta -después de la decisión final en la jurisdicción nacional- ante el TEDH.

En el año 2013 también se adoptó el Protocolo nº 16, que permite que las altas instancias judiciales de cada país soliciten al TEDH que emita dictámenes consultivos sobre la interpretación o la aplicación de los derechos y libertades consagrados en el CEDH. Este Protocolo es, por otro lado, opcional.

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(1) Se incluyen los asuntos tratados, en cierta forma, por parte de la Comisión Europea de los Derechos Humanos antes de 1959.

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Fuentes:

. The ECHR in 50 questions

. The Court in brief

. European Court of Human Rights | Questions & Answers

. The ECHR in facts and figures

. Overview 1959-2015 ECHR

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- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos


+ El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (I): cuestiones introductorias

+ El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (II): órganos y procedimientos ante el tribunal

+ El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (III): desarrollo del procedimiento ante el tribunal

+ El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (IV): sentencias, decisiones y actividad del tribunal

+ El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (V): el futuro del TEDH y datos relativos al año 2015

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Por Alberto Freire Bolaño, Graduado en Derecho por la Universidad de Cádiz.