miércoles, 15 de febrero de 2012

Ley estatal y ley autonómica

La función legislativa se ejerce ordinariamente por órganos del Estado de carácter representativo (Parlamentos) o, extraordinariamente, por otros órganos (normalmente el Gobierno) que pueden dictar, dentro de ciertos límites, normas dotadas de igual fuerza que las leyes.

Cortes Generales y potestad legislativa

- La potestad legislativa


La potestad legislativa es la concreta facultad jurídica que habilita para el ejercicio de la función de elaborar leyes. La Constitución española atribuye a las Cortes Generales la potestad legislativa del Estado (artículo 66.2 de la Constitución). Ahora bien, debido a la estructura territorial del Estado español, la función legislativa no corresponde en nuestro sistema constitucional únicamente a las Cortes Generales. La existencia de Comunidades Autónomas dotadas de autonomía política y con Parlamentos propios, hace que se atribuya también potestad legislativa a los Parlamentos (también llamadas Asambleas Legislativas) de dichas Comunidades Autónomas.

- Rango y fuerza en las leyes del Estado y en las Leyes de las Comunidades Autónomas


Leyes del Estado y Leyes de las Comunidades Autónomas poseen el mismo rango y fuerza, pero tienen acotado un campo material distinto determinado por el bloque de la constitucionalidad, conjunto normativo integrado por la Constitución, los Estatutos de Autonomía y determinadas leyes distributivas de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Este criterio de separación entre los ámbitos propios de las potestades normativas del Estado y de las Comunidades Autónomas no es sino una manifestación del principio de competencia.

De acuerdo con el citado principio (de competencia), unas y otras se despliegan en aquellas materias para las que, de acuerdo con el citado bloque de la constitucionalidad, poseen competencia legislativa.

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- Las normas con forma de ley


+ Concepto material de ley orgánica

+ Concepto formal de ley orgánica

+ Ley orgánica y ley ordinaria

+ Estatuto de autonomía como subtipo de ley orgánica

+ Tipos de ley ordinaria

+ Las leyes marco

+ Ley orgánica de transferencia o delegación

+ Leyes de armonización

+ Reglamentos parlamentarios

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Fuente:
El sistema Constitucional de fuentes del Derecho. José Luis García Ruiz, Emilia Girón Reguera.