El Decreto-ley es una disposición legislativa provisional dictada por el Gobierno en caso de “extraordinaria y urgente necesidad” (artículo 86.1 de la Constitución).
- Decreto-ley: limitado a 30 días
El Decreto-ley es una norma con rango de ley cuya validez provisional está limitada a treinta días a partir de la fecha de su publicación. El Decreto-Ley se concibe como una excepción al principio de la separación de poderes y a la asignación del ejercicio de la potestad legislativa a las Cortes Generales. Supone la concesión al Gobierno del uso de ésta, aunque sólo en los supuestos y con las condiciones establecidas por la Constitución. A través del Decreto-Ley el Gobierno ejerce, pues, un poder propio que deriva directamente de la Constitución, sin necesidad de delegación alguna de las Cortes Generales.
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- Las normas con fuerza de ley
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+ Los decretos ultravires
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Fuente:
El sistema Constitucional de fuentes del Derecho. José Luis García Ruiz, Emilia Girón Reguera.