martes, 21 de febrero de 2012

Procedimiento ordinario de reforma constitucional

En primer lugar, para poder llevar a cabo una reforma constitucional por el procedimiento ordinario, hace falta que esta sea aprobada por una mayoría de tres quintos tanto del congreso como del senado. Para obtener esta mayoría, se tiene en cuenta a los diputados y senadores que se encuentran en el pleno ejercicio de sus funciones parlamentarias.

Congreso y reforma de la Constitucion

- Supuesto de diferencias entre el texto aprobado por Congreso y Senado


En el caso en que existan diferencias entre el texto aprobado por el Congreso y por el Senado, se crea una comisión paritaria para obtener un texto consensuado que se someta de nuevo a la aprobación del Congreso y del Senado por mayoría de tres quintos.

- ¿Qué sucede en el caso de que no se obtengan mayorías de tres quintos en las cámaras?


En el caso de que no se obtenga esta mayoría en ambas cámaras, bastaría para aprobar la reforma constitucional que el Senado la aprobara por mayoría absoluta si el Congreso la aprueba por mayoría de dos tercios.

- Ratificación por referéndum de la reforma


Por último, indicar, que dentro de los quince días siguientes a la aprobación de la reforma por las Cortes generales, esta reforma podrá ser sometida a ratificación por referéndum, siempre que lo pidan o soliciten una décima parte de los miembros de cualquiera de las cámaras.

La posibilidad de apelar al pueblo a través del referéndum es una posibilidad que tienen la minorías parlamentarias que se opongan a la reforma y que no tienen fuerza suficiente para pararla en sede parlamentaria, como una posibilidad que tiene la mayoría parlamentaria que apoya la reforma para mejorar su legitimidad democrática.

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- La Constitución como fuente del Derecho


+ La Constitución como norma jurídica

+ La Constitución como norma jurídica fundamental

+ Consecuencias del carácter primario de la Constitución

+ La diversidad de preceptos constitucionales: los valores y principios constitucionales

+ La Constitución como norma primaria sobre la producción jurídica

+ Eficacia derogatoria de la Constitución

+ El principio de interpretación conforme a la Constitución

+ La reforma de la Constitución

+ Procedimiento agravado de reforma constitucional

+ Las reformas constitucionales y los proyectos de reformas

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Fuente:
Apuntes de Derecho Constitucional recopilados por Javier García de Tiedra González, basados en las lecciones magistrales de Antonio Troncoso Reigada, Catedrático acreditado de Derecho Constitucional, y Profesor Titular de la Universidad de Cádiz.